Información General
Convalidar un módulo significa no tener que cursarlo por acreditar una formación equivalente.
Existen convalidaciones que son resueltas por el propio Centro y otras por el Ministerio de Educación.
Todas las convalidaciones están recogidas en: Real Decreto 1085/2020, del 9 de diciembre, BOE 30/12/2020, nº 340.
Documentación a aportar
Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado. Puede descargar el siguiente archivo:
Junto con la solicitud, deberá entregar como acreditación de su formación un certificado de estudios con calificación, y además en el caso de provenir de la Universidad, el plan de estudios de cada asignatura.
Plazo de presentación
Preferentemente, se deberá solicitar al entregar la matrícula o en su defecto antes del 15 de Octubre, aunque en función del tipo de convalidación, las administraciones pueden establecer otros plazos distintos.
Importante
Se desaconseja totalmente al alumnado solicitante deja de asistir a un módulo hasta no estar en posesión de la resolución favorable de convalidación.
Las convalidaciones tramitadas a través del Ministerio de Educación no pueden ser resueltas hasta que el alumno solicitante no aporte la resolución que dicho Ministerio le envíe personalmente.