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Información General

Convalidar un módulo significa no tener que cursarlo por acreditar una formación equivalente.

Existen convalidaciones que son resueltas por el propio Centro y otras por el Ministerio de Educación.

Todas las convalidaciones están recogidas en: Real Decreto 1085/2020, del 9 de diciembre, BOE 30/12/2020, nº 340.

Documentación a aportar

Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado. Puede descargar el siguiente archivo:

Junto con la solicitud, deberá entregar como acreditación de su formación un certificado de estudios con calificación,  y además en el caso de provenir de la Universidad, el plan de estudios de cada asignatura.

 

 

Plazo de presentación

Preferentemente, se deberá solicitar al entregar la matrícula o en su defecto antes del 15 de Octubre, aunque en función del tipo de convalidación, las administraciones pueden establecer otros plazos distintos.

Importante

Se desaconseja totalmente al alumnado solicitante deja de asistir a un módulo hasta no estar en posesión de la resolución favorable de convalidación.

Las convalidaciones tramitadas a través del Ministerio de Educación no pueden ser resueltas hasta que el alumno solicitante no aporte la resolución que dicho Ministerio le envíe personalmente.